Aspectos legales y éticos en la Seguridad Informática

 

Introducción

La seguridad informática uno de los temas que mayor auge en la actualidad. Esto en dos aspectos fundamentales el primero promover la seguridad informática y segundo implementarla en todos los niveles.  La seguridad informática no implica en forma única y específica a Internet, la seguridad informática se refiere a todo lo que hace referencia a la preservación, respeto y buen manejo de la información.  Es importante entender que la importancia vital de la Seguridad Informática es proteger la información que es creada, almacenada, transmitida y compartida a través de la red informática. El no lograr esto puede implicar violaciones de ley por robo, alteración de información importante de una empresa, además puede existir robo de propiedad intelectual que es ilegal.  Sin embargo, el tema de preservar, respetar y manipular en la forma más correcta a la información, al día de hoy no es un tema fácil de entender, dado que se tiene pensado en el mayor de los casos, que la seguridad informática es un tema que sólo debe aplicarse a casos específicos y no a un “todo”. Es por esto que los gobiernos han tenido que crear leyes para regular la seguridad Informática y las violaciones al mal uso dela información obtenida por medios informáticos.

La importancia de proteger los archivos electrónicos de un alto ejecutivo en una empresa vs. la falta de importancia de proteger los archivos electrónicos de la persona encargada de llevar el registro de entrada y salida del personal.  La constante actualización de programas antivirus en las computadoras personales de los altos ejecutivos en una empresa vs. la ausencia de un programa antivirus en las computadoras personales de las secretarias de dichos ejecutivos. Estas diferencias pueden provocar serios problemas de seguridad porque los mecanismos de seguridad no son consistentes e iguales para cada nivel, esto puede verse como una falta de ética en la implementación de medidas de seguridad.

Aspectos éticos, los medios y el fin, la premisa principal cuando de ética se habla. El fin justifica los medios o los medios justifican el fin, ambas frases son las que salen a relucir cuando estamos frente a un conflicto ético. Para lo que respecta al tema de seguridad informática, el cómo ser ético es definido desde varios aspectos, principalmente por los Códigos de Ética estipulados por Instituciones dedicadas al tema de la Seguridad Informática e incluso por Autoridades (no gubernamentales, precisamente) dedicadas al tema de las Tecnologías de Información.  En el tema de Seguridad Informática, el Consorcio para la Certificación Internacional de Seguridad en Sistemas de Información (ISC2 – International Information Systems Security Certification Consortium) emite una de las más importantes certificaciones en el tema de Seguridad Informática, conlleva como requisito indispensable el compromiso y conocimiento del Código de Ética establecido por el Consorcio. 


Contenido 

Aspectos legales

En lo que respecta al mundo jurídico, es obvio que las personas en ningún momento se encuentran sujetos a normas morales, la situación requiere de un ambiente de obligatoriedad especificada a través de disposiciones y sanciones, es decir: las normas jurídicas. La relación entre la Seguridad Informática y el Derecho, se ciñe a las preocupaciones existentes en materia de implementación, todas ellas en torno de los siguientes cuestionamientos:

  •        ¿Qué pasa si mis programas de cómputo no tienen una licencia de uso?
  •       ¿Cómo puedo hacer responsable al personal de proteger la integridad de la información?
  •        ¿En qué forma puedo evitar que la información confidencial de la empresa no sea revelada a terceros?
  •        ¿Cómo protejo mis secretos industriales?
  •        ¿Cómo responsabilizo a mi personal cuando les entrego una computadora para que trabajen con ella? 

 

La situación a resolver con los aspectos legales es sólo dos:

  •        Promover una cultura jurídica en materia de TI que en consecuencia impacte en un robustecimiento de las normas jurídicas existentes al día de hoy, y
  •      Fortalecer la normatividad interna de las empresas con apego siempre a derecho

 

Medidas de Seguridad para el gobierno aspectos legales

1. Los sistemas de información gubernamentales no se utilizarán para la creación o distribución de ningún material que se considere inapropiado, irrespetuoso, ofensivo, amenazante, abusivo, difamatorio, ilegal, sexista, racista, sexualmente explícito, fraudulento o discriminatorio contra otros. Del mismo modo, está prohibido el uso del Internet para realizar actos ilícitos, incluido el acceso a sitios web con contenido ilegal, obsceno, odioso, difamatorio, indecente, objetable o inapropiado.

2. Bajo ninguna circunstancia la información confidencial (por ejemplo, información de identificación personal e información protegida de salud) quedará expuesta ni desprotegida.

3. Los usuarios deben evitar abrir y ejecutar archivos de fuentes desconocidas o no confiables. Deberán validar con el personal de sistemas de información de su agencia antes de descargar y ejecutar archivos de sitios web no gubernamentales.

4. No se instalará ningún programa (software) en los dispositivos y equipos del gobierno sin la aprobación del encargado de los sistemas de información de la agencia o personal designado. Solo se instalarán programas debidamente autorizados y con licencia. Se prohíbe el uso de programas no autorizados, sin licencia o copiados ilegalmente.

5. Los usuarios deberán evitar abrir y ejecutar archivos de fuentes desconocidas o no confiables.

6. No se instalará ningún software en los dispositivos y equipos del gobierno a menos que lo apruebe el encargado de los sistemas de información de la agencia o personal autorizado por éste. Solo se instalará software debidamente aprobado y con licencia. Se prohíbe cualquier software no autorizado, sin licencia o copiado ilegalmente.

7. El uso de equipos fuera de la agencia deberá ser previamente autorizado por el encargado de los sistemas de información de la agencia o personal autorizado por éste. Las agencias deberán realizarán los controles y monitoreos necesarios para asegurar que el equipo que ha estado fuera de la agencia se esté utilizando legítimamente para cumplir con los roles y responsabilidades de los empleados o personal autorizado y que no represente un riesgo para sus sistemas. Esto incluye la evaluación del equipo y la realización de auditorías al ingresar a los sistemas de la agencia.

8. Se requerirá la aprobación del encargado de los sistemas de información de la agencia para la transferencia y relocalización de equipos.

9. Las personas que deseen utilizar dispositivos de propiedad personal para almacenar, acceder, transportar, transmitir, recibir o utilizar información gubernamental o realizar otras actividades relacionadas con sus labores, incluidos los servicios de correo electrónico, deberán reconocer las funciones, responsabilidades y riesgos que conlleva esta iniciativa.

 

Artículo 23.- ‘Cyberstalking’ o Acecho Cibernético

El Nuevo Código Penal de 2004 ya tipifica el delito de amenazas en el Artículo 1882. Lo que si puede cobrar crédito dentro de la legislación es que no define el acoso o amenaza utilizando equipo tecnológico. Al igual que otros artículos del Código Penal, este artículo tampoco es limitativo en cuanto al medio por el cual se puede configurar. Es decir, no excluye que pueden configurarse sus elementos cuando se realiza a través de medios de comunicación electrónicos. A los efectos de su interpretación, el tipo legal del artículo limita al tipo de daño objeto de la amenaza a aquel que puede afectar al amenazado o a su familia, a la integridad corporal, derechos, honor o patrimonio. Para que se configure ese delito es necesario que el daño que se amenaza causar sea específico y determinado.

El acecho cibernético es un acto delictivo donde un individuo, o un grupo de individuos, usan el Internet mediante computadoras, con el propósito de hostigar o acechar a una persona al azar o determinada. A nivel federal el gobierno tiene de su lado para combatir esta práctica el Anti-Cyberstalking Federal Law. No obstante, esa legislación, varios estados han creado legislaciones a nivel estatal para atender el mismo problema.

Artículo 25.- “Computer Virus” o “Virus de Computadora”

“Computer Virus” o “Virus de Computadora”, significará cualquier programa o código que se inserta en un sistema de computadora que puede copiarse a sí mismo e infectar, rendir inoperante, o destruir y eliminar archivos, datos y documentos, o hacer que el sistema lleve a cabo acciones, sin el permiso o el conocimiento de la persona o usuario, y en claro perjuicio ante esa persona, compañía, corporación o agencia gubernamental.

Artículo 26.-Acceso No-Autorizado, Alteración y Uso de Documentos

Ley 165 de 6 de agosto de 2008, conocida “Ley de Regulación de Programación de Espionaje Cibernético”, (“Spyware”), en esencia, atiende este problema. Dicha Ley estableció penalidades y creó una causa de acción particular para cualquier persona afectada por espionaje en la computadora u ordenador. Además, aunque al presente el Congreso Federal no ha aprobado legislación sobre el particular ha considerado varias medidas dirigidas a regular este tipo de programación. Por ejemplo, el H.R. 29, conocido como “The Spy Act”, prohibiría prácticas injustas y engañosas relacionadas a la programación conocida como “Spyware”. También, el H.R. 744, conocido como “Spyware Prevention Act of 2005”, criminalizaría el acceso intencional no autorizado a una computadora u ordenador, entre otras medidas que dispone para controlar la proliferación de la penetración no autorizada en las computadoras u ordenadores.

Artículo 27.-Fraude Electrónico

En el año 1994 se adoptó el Acta Federal de Abuso de Computadoras, cual enmendó el Computer Fraud & Abuse Act of 1986, tipifico como delitos el obtener acceso a una computadora, sin autorización, con el fin de obtener información de seguridad nacional; con el fin de apropiarse de información financiera, de un departamento de agencia o gobierno, o información personal; utilizar una computadora para realizar fraude, y crear programas con intención de hacer daño o amenaza a la seguridad pública. 

¿Qué es la ética informática según autores?

Muchos autores también se han interesado por saber qué es la ética informática. Entre algunos tenemos:

  •        Mario González Arencibia, que la define como una disciplina que analiza los problemas éticos que son generados por la tecnología de los ordenadores.
  •        Terrel Bynum, que dice que la ética informática es una disciplina que identifica y analiza el impacto de la tecnología de la información en los valores humanos y sociales, lo cual supone la existencia de un dilema moral debido a las personas que manipulan dichas tecnologías. Lo dilemas éticos ponen de relieve los riesgos con el uso de las tecnologías, tales como los engaños, la creación de perfiles falsos para cometer estafas, la invasión de la intimidad ajena, entre otros.

Objetivos de la ética informática

La ética informática persigue ciertos objetivos, tales como los siguientes:

  • Descubrir dilemas éticos.
  • Determinar la medida en que estos dilemas son creados por la tecnología.
  • Formular principios de actuación para hacer frente a las nuevas actividades que provoca la informática y, en las que no se perciben con claridad sus líneas de actuación.
  • Aplicar la teoría ética para esclarecer los dilemas éticos.

Diez mandamientos en la ética informática

Es destacable decir que la ética informática se rige por mandamientos, específicamente por diez mandamientos, los cuales fueron emanados en el año 1992 por el Computer Ethics Institute, una organización que se encarga de contribuir en avances por medios éticos.

Los mandamientos son los siguientes:

  1. No usarás una computadora para dañar a otras personas.
  2. No interferirás con el trabajo de la computadora de otras personas.
  3. No curiosearás en los archivos informáticos de otras personas.
  4. No usarás una computadora para robar.
  5. No usarás una computadora para dar falso testimonio.
  6. No copiarás ni usarás software propietario por el que no hayas pagado.
  7. No utilizarás los recursos informáticos de otras personas sin autorización o compensación adecuada.
  8. No deberás apropiarte de la producción intelectual de otras personas.
  9. Pensarás en las consecuencias sociales del programa que estás escribiendo o del sistema que estás diseñando.
  10. Siempre usarás una computadora de manera que asegure consideración y respeto por tus compañeros humanos.

Conclusión

El derecho y la ética, en conjunto, son una herramienta que permite fortalecer la implementación de estrategias de seguridad informática. ¿En qué momento interactúa la ética? En el momento en que se determina que la seguridad informática es un tema que involucra a todos los miembros de una organización y no sólo a ciertos puestos específicos dentro de la misma. La ética se refleja en la responsabilidad de considerarse parte de un proceso que tiene como fin único el preservar y conservar la integridad y buen manejo de la información frente al mundo actual lleno de tecnología y, por ende, de riesgos que comprometen a la información.

¿En qué momento interactúa el derecho? En el momento en que son implementados los procedimientos estipulados en la legislación vigente, ya sea en los procesos como en los marcos normativos internos de las empresas. ¿Sabía usted que el daño a la información (vista esta como un bien mueble) puede ser causa de una recesión laboral – justificada -?  la revelación de un secreto industrial es un delito?  el hecho de no contar con licencias en sus programas de cómputo puede afectarle con una multa. Estos aspectos se han convertido en leyes en muchos países. La protección de la información es sumamente importante por esta razón ha sido necesario crear leyes para protegerla.

Realmente mi opinión es que es sumamente necesario implementar leyes rigurosas para evitar delitos en la utilización de Sistemas Informático, porque actualmente utilizamos los medios informáticos para todo, bancos, estudios, compras etc.  Además, es necesario ver con ojo de ética como usamos estos medios porque cada día se ven más cosas negativas, desde abuso a menores por medios electrónica, pornografía infantil y discrimen mediante mensajes que afectan personas por su raza color etc.  La Seguridad Informática es prioridad número uno en la actualidad. 

 

Referencias:

  1.      http://www.ordenjuridico.gob.mx/Congreso/2doCongresoNac/pdf/MunozTorres.pdf
  2.      https://docs.pr.gov/files/prits/Guia%20para%20Empleados%20sobre%20Seguridad%20Cibernetica%20v1.0.pdf
  3.     https://www.informatica-juridica.com/trabajos/analisis-los-articulos-del-cyber-code-puerto-rico/
  4.      https://www.euroinnova.us/blog/que-es-la-etica-informatica
  5.      https://wikis.fdi.ucm.es/ELP/La_%C3%89tica_Inform%C3%A1tica

 

 

 

 

Elian C. Ramos Román



 

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